Informémonos sobre las Pensiones

¿Cuánto sabemos realmente de las pensiones? Siempre es oportuno estar informado y saber más. El ICI Pablo Franetovic nos cuenta en esta Columna de Opinión sobre la Renta Vitalicia Garantizada…

UNA OPCIÓN AL PENSIONARSE, LA RENTA VITALICIA GARANTIZADA

Dado que las personas toman la decisión de pensionarse solo una vez en la vida, es importante asesorarse bien y conocer las alternativas existentes, de forma tal de poder elegir la modalidad de pensión más conveniente considerando la particular situación financiera, patrimonial, familiar, tributaria y de necesidades futuras. Las dos principales opciones actuales en el sistema de AFP son el Retiro Programado y la Renta Vitalicia. Hay otras más, que son combinaciones de las anteriores. En este artículo vamos a mostrar una alternativa quizás poco conocida en el mercado. Es la Renta Vitalicia Garantizada.

Se habla mucho que en Renta Vitalicia el pensionado pierde la propiedad de los fondos y si fallece temprano, la Cía. Aseguradora hace un “gran negocio” (mirado desde el punto de vista de una persona), ya que los Fondos no se heredan.  Al fallecer el beneficiario la Cía. sigue pagando Pensiones de Sobrevivencia a las cargas que correspondan legalmente, pero eso se acaba cuando ya no hay cargas legales. Eso es una desventaja con respecto al Retiro Programado.

Lo anterior es cierto, pero hay una forma de asegurar el patrimonio que las personas le están entregando a la aseguradora. Eso se traduce en pedir cotizaciones de renta vitalicia con meses garantizados (120, 180 o 240 meses,) y designar beneficiarios ante el fallecimiento del causante, y a esos beneficiarios se le pagará la misma Renta Vitalicia total que recibía el causante (de no haber beneficiarios de pensión de sobrevivencia), ahora dividida como el pensionado quiera, y hasta el año especificado. De haber beneficiarios de pensión de sobrevivencia al fallecimiento del causante, dichos beneficiarios reciben la totalidad de la Renta Vitalicia garantizada hasta el año especificado. Además, una vez fallecidos los beneficiarios legales, los beneficiarios del período garantizado pueden adelantar las rentas pendientes de pago, descontadas a la tasa indicada en la póliza. Los beneficiarios en general son la familia, pero pueden ser cualquier persona. Obviamente la Renta Vitalicia bajará al tomar años garantizados, pero es importante tener la cotización ya que en muchos casos no bajará en forma relevante.

Lo ejemplifico con dos casos recientes vistos.

– Una mujer de 60 años, la Renta Vitalicia simple le da 25.48 UF, y si la garantiza 10 años, le da 25.32 UF. Si la garantiza a 20 años le da 24.62 UF.

– Un hombre de 68 años, la Renta Vitalicia simple le da 41,41 UF, y si la garantiza a 20 años le da 39,36 UF.

En el primer caso la baja al garantizar la pensión a 20 años equivale a un 3.40%, y en el segundo caso a un 4.95%.

¡Como para considerarlo ¡

Pablo Franetovic
Asesor Previsional Independiente
pablofranetovic@gmail.com



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